viernes, 27 de febrero de 2009

CONVALIDACIONES Y ADAPTACIONES

Convalidación y adaptación:

-Se procederá a la adaptación entre estudios conducentes a una misma titulación oficial constando la calificación obtenida en el Centro de Procedencia.
- Se procederá a la convalidación entre estudios cuando se soliciten para una titulación distinta a la cursada constando la equivalencia en puntos correspondiente a la calificación obtenida en el Centro de procedencia.
- Los alumnos con estudios universitarios realizados en el extranjero que hayan concluido con la obtención de un título, podrán optar entre solicitar homologación por un título universitario oficial español o la convalidación por estudios parciales, teniendo en cuenta que ambas posibilidades no pueden solicitarse simultáneamente

Enlace:
http://www.aq.upm.es/secretaria/pdf/Accesos_08-09.pdf
normativa UPM
http://www2.upm.es/portal/site/institucional/menuitem.e29ff8272ddfb41943a75910dffb46a8/?vgnextoid=cda4c4744ae85110VgnVCM10000009c7648aRCRD

Nota: Impreso de solicitud de convalidación al final del enlace de la UPM.


Información para estudiantes que desean trasladarse a la UPM.

- convocatoria y procedimiento prueba de conjunto.
- adaptación de estudios realizados en escuelas superiores de arquitectura españolas.
- convalidación de estudios realizados en otros centros españoles.
- convalidación de estudios realizados en centros extranjeros.

Enlace:
http://www.aq.upm.es/servicios_centrales/oie/pagtraslado.html


Relaciones Académicas Externas:
- Intercambio
- Información para Estudiantes Españoles
- Información para Estudiantes Extranjeros
- Información para Estudiantes que desean trasladarse a la UPM
- Homologación
Enlace:
http://www.aq.upm.es/servicios_centrales/intercambio/index.php


IMPORTANTE:

Es imprescindible que los documentos presentados para el trámite de convalidación/adaptación sean ORIGINALES O FOTOCOPIAS COMPULSADAS por esta Universidad Politécnica de Madrid. Si se presentan fotocopias no se recogerán.

En cuanto a los documentos procedentes del extranjero, para que se puedan tramitar, además de cumplir el requisito del párrafo anterior, deberán estar debidamente legalizados, debiendo para ello ser sellados por los siguientes organismos:

- Ministerio de Educación del país de origen.
- Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron los mismos.
- Representación diplomática o consular de España en dicho país
- Sección de legalizaciones del Ministerio español de Asuntos Exteriores y de Cooperación (C/ Serrano Galvache, 26, 28033 Madrid)
Si el país de donde proceden los documentos pertenece al Convenio de La Haya, los requisitos anteriores de legalización pueden ser sustituidos por la Apostilla de La Haya

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